Cómo se valora el grado de dependencia, quién lo hace y cuántos niveles hay

21/05/2025
Grado de dependencia

La valoración de la dependencia es el proceso por el que se analizan las necesidades y apoyos que necesita una persona para realizar las actividades básicas de la vida diaria. Tras aplicar el Baremo de Valoración de la Dependencia (BVD), el procedimiento que se lleva a cabo para hacer esta evaluación, la persona que ha solicitado la ayuda obtendrá un grado determinado. Ese grado, más un análisis de su situación económica, determinará las ayudas a las que puede optar. A continuación, podrás conocer todos los detalles sobre este proceso.

Cómo se determina el grado de dependencia

Cuando una persona solicita una ayuda a la Ley de la dependencia (Ley 39/2006 de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de Dependencia), uno de los pasos más importantes es la valoración de su grado de dependencia, es decir, qué necesidades tiene y qué apoyos necesita para poder lograr la mejor calidad de vida posible.

Para ello, se utiliza el Baremo de Valoración de la Dependencia (BVD), que se aplica utilizando cuatro procedimientos:

  • Un análisis de los informes de salud y del entorno habitual en el que vive esa persona.
  • La entrevista personal que llevarán a cabo profesionales cualificados.
  • La observación y comprobación directa sobre cómo se desenvuelve la persona.
  • La aplicación de unas pruebas: el índice Barthel (una escala muy utilizada internacionalmente para medir la capacidad que tiene una persona para realizar las actividades básicas de la vida diaria, su grado de discapacidad física y su nivel de autonomía) y el test MEC, en el caso de que la persona solicitante sufra una discapacidad intelectual o una enfermedad mental.

El proceso comienza cuando el solicitante entrega toda la documentación en el Centro de Servicios Sociales Municipal más próximo a su domicilio o en cualquier Registro Oficial. Una vez recibido y analizado el expediente, se comienza a recopilar toda la información que se tiene sobre la persona: historial médico, situación familiar, social y económica.

Posteriormente, se contactará con él para informarle que se va a llevar a cabo el proceso de evaluación y se acordará una fecha y una hora para que el responsable de la valoración se traslade al domicilio o al lugar donde resida el solicitante con el fin de evaluarle.

Cuántos grados y niveles de dependencia hay

La ley permite identificar tres grados de dependencia:

Grado I: Dependencia moderada. La persona necesita ayuda para realizar las actividades básicas de la vida diaria, es decir, para llevar a cabo acciones elementales relacionadas con el autocuidado personal (alimentación, baño, vestirse, higiene personal y movilidad funcional). Este apoyo lo requiere, al menos, una vez al día. O puede ser que lo necesite de una forma intermitente. Para obtener este grado se necesita una puntuación total del BVD de 25 a 49 puntos.

Grado II: Dependencia severa. La persona necesita ayuda, dos o tres veces al día, para realizar varias actividades básicas de la vida diaria, pero no necesita el apoyo permanente de un cuidador. Para obtener este grado se necesita una puntuación total del BVD de 50 a 74 puntos.

Grado III: Gran dependencia. La persona necesita ayuda varias veces al día para realizar actividades básicas de la vida diaria. Presenta una pérdida total de autonomía, tanto física, mental, intelectual o de tipo sensorial. Esta dependencia supone que requiere un apoyo continuo. Para obtener este grado se necesita una puntuación total del BVD de 75 a 100 puntos.

El Baremo de Valoración de la Dependencia también permite identificar dos niveles en cada grado, en función de la autonomía que conserve la persona y de la intensidad del cuidado que requiera.

En el Grado I. Dependencia moderada. Se pueden obtener dos niveles: nivel 1 (25-39 puntos) y nivel 2 (40-49 puntos)

En el Grado II. Dependencia severa. Se puede obtener el nivel 1 (50-64 puntos) y el nivel 2 (65-74 puntos)

En el Grado III: Gran dependencia. Se puede obtener el nivel 1 (75-89 puntos) y nivel 2 (90-100 puntos)

Si en la valoración, la persona obtiene 25 puntos, significa que no presenta una situación de dependencia, aunque no sea completamente autónoma.

¿En qué consiste el Baremo de Valoración de la Dependencia (BVD)?

El Baremo de Valoración de la Dependencia (BVD) es la herramienta oficial utilizada en España para medir el grado de autonomía de una persona y su necesidad de apoyo en las actividades básicas de la vida diaria. Como ya hemos explicado, esta evaluación es clave para acceder a los servicios y prestaciones reconocidas en la Ley de dependencia.

La trabajadora social, que se encargará de evaluar a la persona que ha solicitado una prestación de la Ley de la dependencia, utilizará el índice Barthel para medir la dependencia funcional. También se servirá de la propia observación para analizar la capacidad que tiene a la hora de llevar a cabo las actividades básicas de la vida diaria. Y estará atenta a si necesita apoyo o supervisión.

En estos casos, para detectar si la persona sufre demencia, se utilizará el test MEC, la versión adaptada a la situación española del Mini-Mental State Examination. Consta de 30 preguntas para cinco áreas cognitivas: orientación, fijación, concentración y memoria, lenguaje y construcción.

El área de orientación analiza si la persona sabe en qué día vive, año y mes, y después evalúa si reconoce el espacio donde vive. En el área de fijación se evalúa su memoria, después se analiza la capacidad de concentración y de cálculo. Después se analiza el lenguaje y la construcción, con pruebas como repetir una frase, identificación de conceptos, hacer algo que se le pide y reproducir un dibujo.

Si el solicitante tiene una discapacidad intelectual o una enfermedad mental, la valoración deberá realizarse en presencia de su cuidador o de un familiar que conozca la situación. Y se utilizará una tabla específica.

Estas son las actividades que se evalúan y que tendrán en cuenta la capacidad o limitaciones del paciente:

Comer y beber:

  • Uso de cubiertos: si puede utilizarlos con autonomía.
     
  • Cortar la carne: si necesita ayuda para trocear alimentos.
     
  • Sujetar y acercar la bebida: si puede levantar el vaso y llevarlo a la boca.
     
  • Sorber líquidos: si tiene fuerza y coordinación para beber sin derramar.
     
  • Apertura de envases: si es capaz de abrir botellas o latas.
     
  • Alimentación asistida: si requiere que otra persona le dé de comer.
     
  • Alimentación artificial: si se nutre a través de sonda o vía enteral.
     

Micción y defecación:

  • Control de esfínteres: si presenta incontinencia total, parcial u ocasional.
     
  • Uso del WC: si puede llegar, colocarse y levantarse sin ayuda.
     
  • Higiene personal tras la evacuación: si es capaz de limpiarse por sí mismo.
     
  • Colocación de dispositivos: si puede manejar sonda, orinal o pañales.
     

Lavarse:

  • Lavado de manos y cara: si lo hace sin ayuda.
     
  • Lavado de parte superior e inferior del cuerpo: si se baña de forma completa.
     
  • Entrada y salida del baño: si puede hacerlo solo y sin supervisión.
     

Arreglo personal:

  • Peinarse: si tiene destreza para hacerlo a diario.
     
  • Higiene bucal: si puede cepillarse los dientes.
     
  • Lavado de cabello: si lo realiza con autonomía.
     
  • Cuidado de uñas: si puede cortarlas sin ayuda.
     

Vestirse:

  • Ropa superior e inferior: si puede ponérsela y quitársela.
     
  • Abotonarse y cerrar cremalleras: si tiene destreza manual.
     
  • Calzado: si puede calzarse y descalzarse solo.
     

Mantenimiento de la salud:

  • Medicación: si toma correctamente sus tratamientos.
     
  • Prevención de riesgos: evita accidentes dentro y fuera del hogar.
     
  • Capacidad de pedir ayuda: si reacciona ante situaciones de urgencia.
     

Transferencias corporales:

  • Sentarse, acostarse y levantarse: si realiza estos movimientos sin ayuda.
     
  • Uso de grúa: si es necesario para sus desplazamientos básicos.
     

Desplazamiento dentro del hogar:

  • Movilidad autónoma: si se mueve por las distintas estancias.
     
  • Acceso a zonas comunes: si puede desplazarse hasta el baño, cocina, salón.
     

Desplazamiento fuera del hogar:

  • Acceso al exterior: si puede salir de casa por sus propios medios.
     
  • Alcance de destinos: si llega a lugares cercanos o lejanos.
     
  • Uso de transporte: si puede utilizar autobuses, taxis o coche particular.
     

Subir y bajar escaleras:

  • Realización autónoma: si sube y baja un piso sin supervisión.
     
  • Necesidad de ayuda: si requiere supervisión o ascensor.
     

Tareas domésticas:

  • Preparación de comidas: si es capaz de cocinar para sí mismo.
     
  • Limpieza del hogar: si mantiene su entorno ordenado y limpio.
     
  • Cuidado de la ropa: si sabe lavar y guardar su ropa.
     
  • Hacer la compra: si se organiza y sale a comprar lo que necesita.
     

Quién hace la entrevista para valorar el grado de dependencia

Una trabajadora social se encargará de valorar el grado de dependencia mediante una entrevista, preguntando sobre las actividades y las tareas que puede realizar la persona. En especial, sobre aquellas que se describen en los informes de salud. Se le preguntará sobre el tipo de apoyo que necesita y la frecuencia con que lo requiere.

¿Qué ocurre después de la valoración de la situación del solicitante?

Una vez que la trabajadora social, que pertenece al departamento de valoración de la Delegación, realiza el informe, lo envía a la Delegación Territorial de Igualdad (órgano provincial que depende de la autonomía), concretamente a la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia. Ellos son los que determinarán el grado y nivel de dependencia.

En algunas comunidades, tras conocer el grado, es la propia trabajadora social de dependencia del municipio, teniendo en cuenta toda la información recogida, quien realiza un informe en el que se recomienda el servicio o la prestación económica más adecuada para que esa persona pueda recibir los cuidados que requiere. Este informe se denomina Programa Individual de Atención (PIA).

Antes de que el PIA sea aprobado definitivamente, se informa a la persona o a su representante legal para que pueda revisarlo y manifestar si está de acuerdo con la propuesta.

Quizás te pueda interesar este artículo sobre tercera edad: Tratamientos para demencia de mayores.

Miryam Piqueras Bravo

Miryam Piqueras Bravo

Directora de Gobierno Clínico de Sanitas Mayores

Contenido revisado por profesionales médicos y especializados de Sanitas Mayores.

La información facilitada por este medio no puede, en modo alguno, sustituir a un servicio de atención médica directa, así como tampoco debe utilizarse con el fin de establecer un diagnóstico, o elegir un tratamiento en casos particulares. En este servicio no se hará ninguna recomendación, explícita o implícita, sobre fármacos, técnicas, productos, etc... que se citarán únicamente con finalidad informativa. La utilización de este servicio se lleva a cabo bajo la exclusiva responsabilidad de los usuarios.

En este servicio no se hará ninguna recomendación, explícita o implícita, sobre fármacos, técnicas, productos, etc... que se citarán únicamente con finalidad informativa. La utilización de este servicio se lleva a cabo bajo la exclusiva responsabilidad de los usuarios.

La utilización de este servicio se lleva a cabo bajo la exclusiva responsabilidad de los usuarios.

Contar con la confianza de Sanitas al mejor precio
Conoce nuestros servicios para mayores
  • Residencias con equipo experto y actividades adaptadas.
  • Centros de día con horarios flexibles.
  • Cuidados a domicilio: cuidador, médico, fisioterapia, neuropsicología, etc.
Llama gratis Te llamamos