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¿Qué es el periodo de carencia en los seguros médicos?

El periodo de carencia es el plazo de tiempo que debe pasar desde la fecha de alta de la póliza hasta que puedes hacer uso de determinados servicios que ofrecen las pólizas de salud.

Los periodos de carencia se computan por meses y pueden variar dependiendo del tipo de servicio y de la póliza contratada. Deberás consultar las Condiciones Generales y Particulares de tu póliza para conocer los periodos de carencia.

¿Hay seguros médicos sin carencia?

Todos los seguros de salud tienen un periodo de carencia que varía según el servicio.

Pero, si ya eres cliente de otra compañía de salud en España y cuentas con al menos 1 año de antigüedad de una póliza de salud de cobertura completa, puedes eliminar los periodos de carencia de tu nueva póliza en Sanitas excepto parto. Deberás indicarlo en el momento del alta y aportar la documentación oportuna.

Algunos de los servicios incluidos en las pólizas están sujetos a carencia: hospitalización -incluido el parto-, intervenciones quirúrgicas, pruebas diagnósticas complejas y tratamientos especiales.

Sin embargo, en la mayoría de los casos se puede hacer uso de la póliza desde el primer día. Por ejemplo: para visitas médicas y pruebas diagnósticas simples, como análisis de sangre y orina, ecografías, radiografías, etc.

Es importante conocer los periodos de carencia que aplican al producto contratado así que puedes consultarlos en la ficha de cada producto.

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Preguntas Frecuentes de Seguros Sin Carencias

El periodo de carencia varía en función de la cobertura. Las intervenciones quirúrgicas o los métodos terapéuticos más complejos suelen tener hasta 10 meses, mientras que una intervención en régimen ambulatorio tan solo cuenta con 3 meses de carencia.

Los periodos más habituales son de 3,6,8 y 10 meses tras la fecha de alta del asegurado.

A modo de ejemplo, están sujetos a carencia los siguientes servicios:

Sesiones de psicología, pruebas diagnósticas de alta tecnología, métodos terapéuticos complejos, intervenciones quirúrgicas en régimen ambulatorio, hospitalización, parto o cesárea, ligadura de trompas y vasectomía.

El acceso a cualquier tipo de consulta ya sea en medicina general o pediátrica cómo con especialistas, la realización de pruebas diagnósticas simples o métodos terapéuticos simples, como el uso de servicios y programas digitales, no llevan asociado ninguna carencia en los productos de Sanitas.

En caso de urgencia vital, tal y como se establece en el articulo 103 de la Ley de Contrato de Seguro, las compañías de seguros no aplicaran los periodos de carencia.

Sanitas elimina los periodos de carencia de la póliza (solo en los productos de asistencia sanitaria del cuadro médico propio, no en los de reembolso) que contrates*, siempre que hayas permanecido al menos un año en otra compañía española aseguradora de salud, que haya continuidad temporal entre ambas pólizas, y que la cobertura de ambas sea similar.

Excepcionalmente, el parto y la cirugía bariátrica (si está en cobertura), son los únicos servicios que permanecen con esta carencia en cualquier supuesto. Además, cualquier urgencia vital queda exenta de este periodo para atender lo antes posible a nuestro asegurado.

*No se quitan carencias a personas/funcionarios que procedan de mutualidades como Muface, Mugeju e ISFAS que no se consideran procedencia de otra compañía.

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