En el transcurso de los primeros dos días de vida todos los recién nacidos son sometidos en el mismo hospital a pruebas de valoración de su capacidad auditiva que son sencillas y que no le ocasionan ninguna molestia; incluso se pueden realizar mientras está dormido. Es una técnica que en términos técnicos se conoce como Potenciales Evocados Auditivos de Tronco Cerebral Automatizados (PEATC-A).
Esta prueba es especialmente importante en niños que se consideran en riesgo de sufrir sordera o hipoacusia en algún grado. De hecho, se considera que cinco de cada mil neonatos presenta trastornos auditivos y el diagnóstico precoz determina la necesidad de que siga un tratamiento de estimulación auditiva lo antes posible, con el fin de favorecer el aprendizaje del niño y potenciar el lenguaje oral y su capacidad de comunicación.
Sin embargo, en el caso de que la prueba PEATC-A detecte algún tipo de alteración ello no supone necesariamente que exista un trastorno de la audición. El niño deberá ser estudiado por un otorrinolaringólogo para confirmar o no la existencia de un problema de sordera en el recién nacido. En los niños con indicadores de riesgo, aun cuando las pruebas sean negativas deberá realizarse un seguimiento cercano para detectar cualquier tipo de problema en el momento en que se produzca. De este modo se pueden detectar en los primeros días de vida hasta el 80% de los problemas de sordera en el recién nacido.
Indicadores de riesgo
Hay factores que están considerados como indicadores de riesgo de hipoacusia en el recién nacido y que justifican la inmediata realización de las pruebas y el posterior seguimiento del niño por un especialista aun cuando éstas sean inicialmente negativas:
- Antecedentes familiares de hipoacusia congénita o de sordera sobrevenida en la primera infancia.
- Que la madre haya sufrido durante el embarazo una infección intrauterina causada por alguno de los microorganismos del denominado grupo Torch (toxoplasma, rubeola, citomegalovirus o herpes simple), ya que éstas pueden afectar al feto.
- Que el niño presente malformaciones craneofaciales en el momento de nacer.
- Que en el momento de nacer pese menos de 1,5 kg.
- Que en el momento del parte o inmediatamente antes se haya producido una situación de hipoxia del niño o una isquemia.
- Que el niño haya tenido que ser sometido a una exanguinotrasfusión (sustitución de la sangre) y que a consecuencia de ello presente una hiperbilirrubinemia.
- Que el neonato haya estado bajo ventilación mecánica al menos cinco días.
- Que la madre haya utilizado fármacos ototóxicos durante el embarazo o bien que los haya utilizado el recién nacido.
- Que la madre, durante el embarazo, o el niño, después de nacer, hayan sufrido una meningitis bacteriana.
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Que se detecte en el niño algún tipo de síndrome o enfermedad que pueda causar sordera.
sordera
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Un traumatismo craneal que haya producido una fractura o una pérdida de conciencia.
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Presentación de otitis media con secreciones que no remita o que sea recurrente.
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Enfermedades o síndromes que puedan causar sordera.
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Uso de fármacos ototóxicos.
En términos generales, las exploraciones regladas en el momento de nacer y las revisiones establecidas durante el primer año de vida en la consulta del pediatra contemplan el objetivo de que, de existir, el diagnóstico de posibles problemas de sordera se logre en el trascurso de este periodo con el fin de iniciar lo antes posible el tratamiento y, de este modo, facilitar el aprendizaje del niño en el desarrollo de sus capacidades de comunicación y lenguaje oral.