Ley de Dependencia: ayudas y prestaciones por cada grado de dependencia

27/05/2025
personas mayores en clase de arte

Conocer las prestaciones que ofrece la Ley de la dependencia nos ayudará a saber de qué forma esta norma nos puede ayudar a lograr que nuestro ser querido pueda llevar una vida digna a pesar de las limitaciones que presente. Aunque será el trabajador social el que determine qué ayudas van a encajar mejor en su perfil, conocerlas de antemano facilitará la conversación que mantengamos con él

¿Qué significa que una persona sea dependiente? Quiere decir que su día a día es más duro que el de una persona autónoma. Detrás de este concepto, dependiente, se esconde alguien que necesitará ayuda para realizar las actividades básicas de la vida diaria: vestirse, moverse por sí mismo, bañarse, asearse, controlar las deposiciones y la orina y comer sin ayuda.

Esta falta de autonomía nos presenta una situación complicada. Incluso, llegado el caso, podría terminar convirtiéndose en una situación dramática. Dependiendo del grado de dependencia, esa persona podría morir si no se le presta ayuda.

En nuestro país, la Ley de la dependencia nació para ayudar a todas esas personas que necesitan de otras para llevar una vida digna.

¿De qué forma puede ayudar la Ley de la dependencia?

Ofreciendo una serie de servicios y de prestaciones económicas. Entre ambas opciones, los servicios tienen un carácter prioritario.

Las ayudas económicas nacen para cubrir los gastos de un servicio que es prestado por un centro privado o concertado. O, de forma excepcional, para que el beneficiario pueda contratar a cuidadores profesionales o no profesionales.

Si estás cuidando de un familiar o tienes cerca a una persona dependiente, conocer el catálogo de servicios o prestaciones de la Ley de la dependencia te va a interesar mucho.

Catálogo de servicios y prestaciones de La Ley de la dependencia

Entre los servicios que concreta el artículo 15 de la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia se encuentran:

  • Prevención de las situaciones de dependencia y para la promoción de la autonomía personal

Mediante una actuación coordinada entre los servicios sociales y de salud, se diseñan una serie de actuaciones para lograr que la persona mantenga unas condiciones saludables y para que pueda acceder a programas específicos para prevenir y rehabilitar a las personas mayores o con discapacidad o a personas que hayan pasado por procesos complejos de hospitalización.

Las personas a las que se les haya reconocido el grado I de dependencia moderada se podrán beneficiar de:

-Habilitación y terapia ocupacional.

-Atención temprana.

-Estimulación cognitiva.

-Promoción, mantenimiento y recuperación de la autonomía personal.

-Habilitación psicosocial para personas con enfermedad mental o discapacidad intelectual.

-Apoyos personales y cuidados en alojamientos especiales (viviendas tuteladas).

  • Servicio de Teleasistencia

Mediante este servicio se proporciona asistencia a personas que necesitan una respuesta inmediata ante situaciones de emergencia, de inseguridad, de soledad y de aislamiento. La atención se proporciona mediante el uso de tecnologías de la comunicación y de la información y también mediante el apoyo de profesionales.

Este tipo de servicio permite, por ejemplo, que el usuario y el centro de atención estén conectados permanentemente. Y que, en cualquier momento, exista una comunicación entre ellos.

Los dispositivos pueden contar con botones de pánico o sensores de caídas para avisar rápidamente al centro de control. Facilitan que diferentes profesionales se comuniquen entre ellos.

Es posible programar y hacer un seguimiento de las citas médicas. Pueden recordar a la persona que se tome la medicación y permiten activar de forma automática un protocolo de emergencia.

La teleasistencia puede ser independiente o complementar la ayuda a domicilio que pueda recibir el solicitante.

Las personas que se encuentran en una residencia no tendrán acceso a este servicio.

  • Servicio de ayuda a domicilio

Conjunto de acciones llevadas a cabo en el domicilio de la persona con dependencia con el fin de atender las necesidades que tiene en su vida diaria. Estos servicios deben ser proporcionados por entidades o empresas debidamente acreditadas para prestar esta función.

Estas actuaciones se han clasificado de dos maneras:

-Ayuda para cubrir las necesidades del hogar: servicios para las necesidades domésticas, como la limpieza, lavar o cocinar, entre otros.

-Cuidados personales. Ayuda para que la persona pueda realizar las actividades básicas de la vida diaria.

En función de las necesidades de la persona, se reconocen tres tipos de ayuda, dependiendo del grado de dependencia.

Intensidad del servicio de ayuda a domicilio según el grado de dependencia.

Grado I: de 20 a 37 horas mensuales
Grado II: de 38 a 64 horas mensuales
Grado III: de 65 a 94 horas mensuales

  • Servicio de centro de día y de noche

Los centros de día tienen como objetivo que la persona mantenga el mayor nivel de autonomía posible, para que permanezca más tiempo en su entorno familiar.

Además, constituyen un recurso para apoyar a las familias y a los cuidadores.

Los centros de día se ocupan de asesorar, prevenir, rehabilitar, estimular cognitivamente y proporcionar una atención asistencial y personal a los adultos mayores.

Los centros de noche: estos lugares proporcionan un entorno seguro a las personas que necesitan cuidados especializados durante la noche, a adultos mayores frágiles o con un grado de dependencia.

Los usuarios acuden por la tarde al centro, después cenan y permanecen allí hasta la mañana siguiente, cuando son recogidos por sus familias o cuidadores.

Para asegurar sus cuidados, un equipo multidisciplinar, formado por enfermeros, trabajadores sociales, terapeutas ocupacionales y auxiliares de ayuda a domicilio se encargarán de vigilar y de proporcionar la atención sanitaria que la persona podría necesitar.

  • Servicio de atención residencial

Este tipo de centros ofrecen un servicio continuado e integral a la persona mayor que ingresa. Cubre todas sus necesidades personales, sociales y sanitarias. Incluye: alojamiento, alimentación y cuidados básicos.

Se le ofrece asistencia en el aseo, para vestirse, para moverse y para la toma de medicación. También cuenta con un seguimiento médico, enfermería, terapia ocupacional y fisioterapia.

Para que las personas interaccionen socialmente, se organizan actividades de ocio y de integración.

  • Prestaciones económicas de la Ley de la dependencia

-Prestación económica vinculada al servicio.

Esta ayuda económica se reconoce solo cuando no sea posible acceder a un servicio público o concertado.

Su cuantía dependerá del grado, del nivel de dependencia y de la capacidad económica de la persona solicitante.

Cada comunidad autónoma se encargará de supervisar el destino y la utilización de estas prestaciones.

-Prestación económica de cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales.

La persona dependiente puede obtener una ayuda económica para retribuir los cuidados que le proporcionan familiares o individuos de su entorno.

Esta retribución se reconocerá siempre que el domicilio reúna las condiciones adecuadas de convivencia y habitabilidad, y si el Programa Individual de Atención (PIA) así lo ha recomendado.

Un cuidador no profesional es un familiar o una persona del entorno que proporciona cuidados a la persona dependiente, y con la que no mantiene un vínculo profesional.

-Prestación económica de asistencia personal.

Esta ayuda económica tiene como objetivo mantener la autonomía de la persona que presenta un alto grado de dependencia.

Con ella se pretende ayudar a que la persona dependiente pueda contratar a un cuidador por un número determinado de horas para que él pueda llevar una vida más autónoma cuando realice las actividades básicas de la vida diaria.

En cuanto a las prestaciones relacionadas con los servicios, existen una serie de incompatibilidades que pueden variar en función de cada comunidad autónoma.

Cuantías máximas de las prestaciones económicas

Grado Prestación económica vinculada al servicio Prestación económica de asistencia personal Prestación económica por cuidados en el entorno familiar
Grado III 747,25 747,25 455,40
Grado II 445,30 747,25 315,90
Grado I 313,50 313,50 180

En el caso de la prestación económica destinada al servicio residencial, la cuantía máxima para el grado II será igual que la establecida para el grado III.

En el supuesto de que la prestación económica esté vinculada al servicio de un centro día, la cuantía máxima para el grado I será igual que la del grado II.

Cuantías mínimas de las prestaciones económicas

Grado Prestación económica vinculada al servicio Prestación económica de asistencia personal Prestación económica por cuidados en el entorno familiar
Grado III 200 200 200
Grado II 150 150 150
Grado I 100 100 100

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Referencias:

Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. BOE.

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Este contenido ha sido escrito por médicos especializados de los centros y Hospitales de Sanitas.

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